jueves, 4 de octubre de 2018

Organización de un centro de Secundaria

Soñemos un centro educativo desde el principio...


El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.

El Consejo Escolar está compuesto por los siguientes miembros:


  • El Director del centro, que será su Presidente.
  • El Jefe de Estudios.
  • Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.
  • Un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
  • Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
  • Un representante del personal de administración y servicios del centro.
  • El Secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.


A través del Consejo Escolar, se eligió por consenso el nombre y características del centro educativo, se estableció la definición de educación y se ordenó por importancia una serie de valores y comportamientos morales, quedando la lista de valores representativos del centro así:

Salud
Vida social y afectiva (Familia, amigos y/o pareja)
Estudios
'
'
Ganar dinero
Religión

Si esta escala se compara con los datos mostrados por la publicación Jóvenes españoles 2010 de la Fundación sm, los dos primeros puestos están invertidos por lo que los jóvenes dan mayor importancia a la familia especialmente. Sin embargo, en los últimos puestos de la clasificación aparece política y religión, este último puesto existe coincidencia.

Para el IES Laura Gallego, educación es la transmisión de unos valores y conocimientos que les ayuden a formarse como persona.

Para Immanuel Kant, la educación es un arte cuya pretensión central es la búsqueda de la perfección humana. Esta cuenta con dos partes constitutivas: la disciplina, que tiene como función la represión de la animalidad, de lo instintivo; y, la instrucción, que es la parte positiva de la educación y consiste en la transmisión de conocimiento de una generación a otra.

La Constitución española (1978) recoge en el art. 27.2 que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana respecto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

No hay comentarios:

Publicar un comentario